Artículo 22. Cuando el individuo reclamado se hallara privado de su libertad en virtud del procesamiento o Como puede observarse, la aplicación de ambos principios se encuentra supeditada a que el infractor se encuentre en nuestro país, lo que evita conflictos indeseados con otras naciones. 4. Dicho en otras https://franciscoedzvs.blogkoo.com/fascination-about-derecho-penal-internacional-47867061