La doctrina jurídico ha venido reconociendo que el tiempo en el que el trabajador permanece en los vestuarios ayer de comenzar oficialmente su excursión de trabajo no se considera tiempo de trabajo. Son considerados accidentes laborales aquellos sufridos por el trabajador en el trayecto a recorrer necesario para cumplir con https://medinaempresarialsst.com/accidente-de-trabajo/